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Dinero electrónico: un desafío para la inclusión financiera en Perú

por Ima Go! 23 mayo 2016

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El dinero electrónico consiste en la conversión del dinero físico en dinero virtual para realizar operaciones financieras. Gracias a dicha conversión realizada por una empresa autorizada, el cliente, a través de su celular u otro dispositivo, podrá efectuar pagos o realizar transferencias a otras personas. Conozcamos los problemas y oportunidades para su uso en el Perú.

 

En el Perú, la población rural y de bajos ingresos que no es atendida por el sistema financiero debe desplazarse a centros urbanos para poder realizar sus correspondientes compras, ventas y pagos, incurriendo de esa manera en un elevado costo de transacción. Dicha población correspondía en junio de 2011 al 66% de los distritos existentes a nivel nacional que no tenían acceso al sistema financiero.

 

 Por otro lado, a esa misma fecha existían cerca de 30 millones de líneas de telefonía móvil a nivel nacional, de las cuales cerca de 16 millones estaban ubicados fuera del departamento de Lima y Callao. Esto último implica casi una línea telefónica por cada habitante fuera de Lima y Callao. Es en ese contexto que se percibe que es posible aprovechar esta masiva difusión en el uso de la telefonía móvil para realizar transferencias de dinero por medio de mensajes de texto de los teléfonos móviles; sobre todo, en el caso de la población que está siendo atendida por el sistema financiero, este mecanismo se constituiría en un medio de pago rápido, seguro y de bajo costo.

  

Regulación
Así es como mediante la Ley N° 29985, promulgada el 17 de enero del 2013, se aprobó el proyecto de ley que propone la dación de una norma que regule las características básicas del dinero electrónico y de sus empresas emisoras, brindando así el marco legal para el desarrollo de un importante mecanismo que facilitará el acceso de un mayor número de personas al sistema financiero nacional.

 

A diferencia de otras experiencias internacionales en el uso del dinero electrónico, como es el caso de M-Pesa en Kenia y GCash en Filipinas, la Ley que regula las Características Básicas del Dinero electrónico y de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, busca que las transferencias de dinero por medio de los teléfonos móviles solo tengan un papel complementario al sistema financiero en el sistema de pagos nacional.

 

La ley promulgada se encuentra dentro del marco de la inclusión financiera, pues se orienta a permitir que todos los segmentos de la población puedan acceder y usar los servicios financieros, lo que incluye sistemas de pago, depósitos, créditos, cuentas de depósitos, entre otros.

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Empresas emisoras
Están facultadas a emitir este tipo de dinero las empresas emisoras de dinero electrónico (EEDE), que pueden ser entidades financieras (bancos, cajas, financieras, etc.) como por nuevas compañías especializadas en el rubro. Las EEDE tienen como objeto principal la emisión de dinero electrónico solo a las personas naturales y en moneda nacional, no conceden crédito con cargo a los fondos recibidos y solo podrán realizar operaciones relacionadas a su objeto principal.

 

Por otra parte, se restringe la emisión de dinero electrónico a moneda nacional a fin que las EEDE coadyuven en el proceso de desdolarización la economía. Además, se concibe que al establecer un marco normativo se permitirá el correcto funcionamiento de las EEDE y se protegerá integralmente al usuario.

 

 El dinero electrónico en circulación es el valor del dinero electrónico emitido por las EEDE, pendiente de reembolso, y es de propiedad de los clientes o usuarios de las EEDE. Las obligaciones básicas de las EEDE son las siguientes:

 

  •  Deben verificar que el nombre del usuario de dinero electrónico coincida con el nombre del titular del número de teléfono móvil que tiene registrado el proveedor de servicio de telefonía móvil.
  • Son jurídicamente responsables de la cadena de agentes con los que va a brindar el servicio de emisión de dinero electrónico y medio de pago.
  • Mantendrán el monto de dinero electrónico en circulación en activos líquidos acorde a las normas que emita la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
  • No podrán mantener mas del veinticinco por ciento (25%) de los fondos en efectivo, que respaldan el dinero electrónico en circulación, en una única institución financiera.
  • Utilizarán los ingresos por intereses y ganancias de capital generados por los activos líquidos correspondientes al dinero electrónico en circulación para cubrir posibles pérdidas de capital o de depósitos producto de la quiebra de una institución financiera.

  

Límite de operaciones y aspectos tributarios
El monto máximo mensual por operaciones que un usuario de las EEDE puede realizar es equivalente a una Unidad Impositiva Tributaria (establecida en 3,700 soles para 2013). Las transacciones realizadas por los usuarios de las EEDE están sujetas al Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) que asciende al 0.005%, pero se exonera del Impuesto General a las Ventas (IGV) que es del 18%, a la emisión de dinero electrónico por un periodo de tres años.

 


Fuente: Revista y website www.alide.org

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